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La insoportable inactividad del presidente en funciones

      De un tiempo a esta parte observamos que el comportamiento de ciertos líderes de algunas instituciones públicas convierte en papel mojado bibliotecas enteras de Derecho. Pareciere que casi nada de lo que se estudia en las Facultades de Derecho vale hoy en día.

       Ello está ocurriendo con ocasión de los graves y tristes hechos desarrollados en tierra tan hermosa y querida como es Cataluña. Y eso es lo que está sucediendo con la posición política que está adoptando Pedro Sánchez.

      Efectivamente, a pesar de las gravísimas alteraciones del orden y servicios públicos; de los cuantiosos daños ocasionados en las revueltas; del grave quebrantamiento de la paz pública; y del matiz claramente revolucionario de los disturbios desatados hace una semana en Cataluña, el presidente en funciones ha adoptado, como garante de la paz pública y de la seguridad ciudadana, una pasividad y dejación de sus responsabilidades verdaderamente insoportable.

     Con su conducta indolente, inactiva y blandengue, que roza la complacencia, Sánchez mantiene una postura rayana en la tolerancia. No sabemos por qué, Sánchez evita, a todo trance, la obligada confrontación con un inmoral movimiento secesionista, mal calificado por el Tribunal Supremo de sedicioso.

      Sánchez no mueve un dedo más allá de enviar a los Cuerpos de Policía a recibir pedradas y palos. Habla de proporcionalidad, moderación y firmeza, pero con ninguno de esos anuncios consigue frenar a los violentos, a los antisistema, a los revolucionarios. Porque ya es hora de hablar de la “revolución separatista catalana”, frente a la cual son insuficientes los medios legales ordinarios para restablecer la normalidad ciudadana perdida.

     Para recobrar la paz y la seguridad pública, y para afrontar circunstancias y sucesos extraordinarios, el Estado de Derecho pone a disposición del Gobierno de la Nación potestades también excepcionales. Esto es lo que Sánchez, por ahora -y va siendo tarde- rechaza aplicar, haciendo una grave dejación de funciones y responsabilidades de gobierno.

      Es doctrina jurídica asentada y pacífica que, ante “las situaciones de alteración de la normalidad, las Constituciones democráticas -la nuestra lo es absolutamente- contemplan medidas que deben tomarse para asegurar la vuelta a la normalidad democrática”.

     Esas medidas son, principalmente, los estados de alarma, excepción y sitio del artículo 116 (CE); la calificación de “situación de interés para la Seguridad Nacional”, del artículo 23 de la Ley 36/2015, y la coerción federal, del artículo 155 CE.

      Como venimos diciendo, a pesar de la indiscutible gravedad de los sucesos de Cataluña, en plena efervescencia revolucionaria, Sánchez no ha movido un dedo más allá de enviar policías a ser molidos a pedradas.

    Algún día se descubrirá si su pasividad obedece a intereses de partido, a cálculo demoscópico, o a tacticismo electoral.  

   Sería imperdonable.

Autor del artículo: José Torné-Dombidau Jiménez

Presidente y socio fundador del Foro para la Concordia Civil. Profesor Titular de Derecho Administrativo por la Universidad de Granada.

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