¿La hora de la reforma constitucional?
En esta hora política de España el tiempo, y los acontecimientos, pasan velozmente. Los expertos y analistas no se atreven a hacer pronósticos ni siquiera a corto plazo. Tal es la fugacidad de los hechos. Hace tan solo unas semanas que la aplicación del artículo 155 CE se consideraba difícil de concretar, y no digamos sus efectos. Hoy apenas reparamos en que las Administraciones catalanas están intervenidas, que su gobierno está parcialmente en prisión y el resto fugado, y que, por el momento, ha reaparecido la normalidad burocrática. La sensación de improvisación obedece a la falta de precedentes en el ámbito jurídico y político español, pues nunca antes se había utilizado la ‘coerción federal’ como medio de resolución de un conflicto intraestatal.
La sustitución del ‘Govern’ por el del Estado ha tenido otra importante consecuencia, quizá deseada con urgencia: la convocatoria de elecciones autonómicas en Cataluña para el 21-D. Todavía es pronto para saber si los partidos políticos concurrentes van a incluir en sus programas el delicado asunto de la reforma constitucional y estatutaria, pero parece que algo tendrían que decir sobre este punto. Pues, en efecto, la reforma parcial de la Constitución y del Estatuto de autonomía de Cataluña es, como ahora se dice, una asignatura pendiente.
Sobre este asunto sí hay mayor coincidencia de voces que reclaman que ambos textos han de ser reformados o modificados (los más extremistas hablan de inaugurar un ‘proceso constituyente’). En cambio, existe una gran disparidad de criterios sobre cómo hacer la reforma, qué reformar y cuál debe ser el contenido y aspectos de la misma. Incluso hay expertos que no ven absolutamente necesaria la reforma (o, al menos, tan amplia) y sugieren que con la reforma o modificación de la legislación orgánica del Estado se alcanzan los mismos resultados: adaptar el cuerpo de la Ley política a las necesidades o insuficiencias causadas por el transcurso de cuatro décadas de vigencia.
En nuestro caso la reforma de la Constitución vigente se complica con la llamada ‘cuestión catalana’, cuyo recorrido por el camino de los disparates ha llegado al punto de declarar la independencia de Cataluña. No hay duda de que el título VIII de la vigente Constitución necesitaba reformas (reconocer las Comunidades autónomas existentes; aclarar el reparto de competencias Estado-Comunidades Autónomas; reconocer que los Estatutos son normas exclusivamente autonómicas; transformar seriamente el Senado en cámara territorial; regular al detalle el sistema de financiación de las CC. AA.; mejorar el sistema de garantías jurisdiccionales en el Tribunal constitucional…), pero ahora es preciso sumar a la reforma constitucional la aprobación de un nuevo Estatuto para Cataluña, afectado por la STC 31/2010, que declaró nulos algunos de sus preceptos. Por tanto, la tarea crece y la metodología para abordar ambas reformas resulta difícil de concretar en el momento presente.
En cambio, sí podemos adelantar un número corto de apreciaciones sobre el alcance o contenido de las previsibles modificaciones constitucionales. Lo primero que habría que tener claro es si lo que se quiere es reformar el actual texto constitucional o alumbrar uno nuevo, operación ésta que satisfaría las pretensiones de los partidos de ideología republicana y de la izquierda -extrema y populista- como Podemos, Izquierda Unida y ERC, que defienden la apertura de lo que ellos llaman un ‘proceso constituyente’. Esto último es un eufemismo. En realidad, lo que pretenden esos partidos es abolir el régimen político de 1978 y, de paso, instaurar la forma republicana de Estado. Por ahora es la reivindicación de esa minoría, aunque muy activa.
Seguidamente está la opinión de los que sobre el texto de 1978 desean efectuar algunas reformas o modificaciones que la práctica aconseja y el paso del tiempo han convertido en necesarias y que, brevemente y de forma incompleta, las he referenciado más arriba.
Pero el capítulo más laborioso y delicado de esta nueva etapa constitucional -que se abre ante nuestros ojos- es llevar a cabo el engarce territorial de la Comunidad autónoma de Cataluña, una vez que el nacionalismo la ha situado en un limbo jurídico al que es urgente y preciso dar respuesta y satisfacer, con ella, el deseo de una mayoría de catalanes que quiere votar y decidir su futuro político. Ese derecho de autodeterminación, no entendido como independentismo, se ejercería votando un nuevo Estatuto de autonomía o reformando el actual del 2006. De esa manera, votarían todos los españoles la reforma de la Constitución y, además, los catalanes la norma institucional básica de su Comunidad.
Se inaugura, por tanto, un tiempo político apasionante, en el que esperamos que domine la armonía civil en Cataluña, dañada por el discurso nacionalista mentiroso y achantado.
Un tiempo en el que se dará la voz a todos los españoles para asegurar unidad, paz y trabajo.