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La Comisión Jurídica de Foment del Treball redacta un documento en el que rechaza la Ley de Referéndum de Autodeterminación

La Comisión Jurídica de Foment del Treball resume sus consideraciones en seis puntos:

  • El contenido del borrador de la ley se sitúa completamente al margen y en contra del marco constitucional, de la doctrina del Tribunal Constitucional y de los principios de democracia y del Estado de Derecho.
  • El borrador apela a una inexistente soberanía del pueblo de Catalunya para organizar un referéndum contrario a la Constitución.
  • Las reinvindicaciones soberanistas, sólo pueden ejercerse dentro del respeto de la Constitución y de la ley.
  • El proyecto de ley no está legitimado ni por el derecho internacional ni por el mandato democrático de las elecciones al Parlamento del 27 de septiembre de 2015.
  • No respeta los mínimos exigidos por la organizaciones internacionales y por la doctrina para celebrar un referéndum secesionista.
  • Desde el punto de vista formal presenta graves problemas porque se desconoce cuándo se llevará al Parlament de Catalunya al tiempo que se afirma que el referéndum se celebrará el 1 de octubre “lo que impide una campaña con las mínimas garantías temporales”. Tramitar el proyecto de ley por el procedimiento de lectura única, gracias a la reforma del artículo 135 del Reglamento del Parlament de Catalunya es contrario a la Constitución y al estatuto de Autonomía, según el propio Dictamenb del Consejo de Garantías Estatutarias.

Fuente: http://www.foment.com/es/comision-juridica-foment-ley-referendum-autodeterminacion/

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