Golpe de Estado, ¿democrático?
Los hechos acecidos en Cataluña muestran una novedad en el uso de la técnica del golpe de Estado, al sostener que constituye un proceso de carácter pacífico y democrático.
Un Estado democrático de derecho no entiende la democracia como un hecho, no la comprende simplemente como mandato, como expresión de lo que una voluntad contingente de la mayor parte de un pueblo decide en un momento determinado. Si entendiéramos así la democracia, entonces habría que calificarla como democracia revolucionaria, sin ningún tipo de sujeción ni límite. Una democracia entregada a la borrachera de la decisión incesante de un pueblo permanentemente movilizado.
Por el contrario, un Estado democrático de derecho piensa la democracia como un principio arraigado en el derecho y procedimiento, desde los que podrá, en segundo lugar, conformar cualquier voluntad política como una voluntad política racional. Sin la forma jurídica o el lenguaje del derecho no es posible hablar de democracia constitucional. Esta exige necesariamente que exista una conexión interna entre la soberanía popular y los derechos individuales, esto es, entre lo que el pueblo puede disponer y la forma en la que ha de hacerlo, en tanto que los derechos de ciudadanía, en los que nos reconocemos como libres e iguales, se han de respetar en la expresión de la voluntad popular. Sólo así es posible la institucionalización de una voluntad política legitimada en tanto que determinación concreta de un principio tan abstracto como el de la deliberación en común.
En 1639, Gabriel Naudé publicó un libro titulado Consideraciones políticas sobre los golpes de Estado, en el que los definió como las “acciones osadas y extraordinarias que los príncipes están obligados a realizar en los negocios difíciles y como desesperados, contra el derecho común, sin guardar siquiera ningún procedimiento ni formalidad de justicia, arriesgando el interés particular por el bien público”. Parece evidente que cualquier golpe de Estado exigiría actuar contra el derecho al margen de todo procedimiento justo con la finalidad de la consecución del bien público. Desde entonces se han producido muchos golpes de Estado, especialmente en un país como el nuestro, proclive a considerar y usar esta técnica como adecuada para la consecución del bien común.
Sin embargo, los hechos acecidos en Cataluña desde hace tiempo y culminados, por ahora, en el referéndum fraudulento de ayer, nueve de noviembre, muestran una novedad en el uso de la técnica del golpe de Estado. La razón se encuentra en que cumpliendo con los requisitos de todo golpe de Estado, quiebra del orden jurídico-formal con el propósito de la consecución del bien público, se ahonda en la justificación al sostener que constituye un proceso de carácter pacífico y democrático. En relación con esto último habría que decir, en primer lugar, que si admitimos que la paz se alcanza por medio del derecho, cómo puede considerarse tal proceso como pacífico si el mismo ha conllevado la quiebra de los principios de constitucionalidad y legalidad. Este proceso se ha construido sobre la desobediencia flagrante y permanente de la Constitución, de las decisiones del Tribunal Constitucional y del ordenamiento jurídico. En segundo lugar, cabría pensar que el orden violentado es el de un Estado totalitario o autoritario que no permite el ejercicio de las libertades políticas a parte de sus miembros, con lo que la desobediencia al derecho quedaría justificada desde la democracia. Por tanto cabría justificar tal proceso como un proceso auténticamente democrático, similar a las revoluciones de terciopelo que acompañaron en los años noventa del siglo pasado la caída del muro de Berlín y la quiebra consiguiente de los regímenes comunistas. La pregunta concluyente es clara: ¿constituye este golpe de Estado una nueva revolución de terciopelo?, ¿cabría calificar este golpe de Estado como democrático?
La respuesta sería sencilla si la parte del pueblo de Cataluña que ha participado en este proceso, lo hubiera hecho frente a un régimen autoritario, como sucedió con los pueblos del este de Europa. Sin embargo, la respuesta es algo más compleja si ese golpe se realiza frente a un régimen democrático, frente a un Estado democrático de derecho, en el que por medio de los principios de soberanía popular, derechos individuales y representación se define y asegura el bien público, por lo que la respuesta a la pregunta de cómo es posible justificar desde la democracia un golpe de Estado frente a la democracia constituye un oxímoron, los latinos dirían que sería una contradictio in terminis. Parece evidente que si esto es así los políticos independentistas catalanes no han contribuido de forma novedosa a la teoría política, han construido un discurso mal planteado, contradictorio y, por consiguiente, irracional. Esto es lo que nos permitiría concluir que, en el fondo, se han limitado a ir poniendo los espartos necesarios para dar un golpe de Estado, a secas.
José J. Jiménez Sánchez, J. Torné-Dombidau, Juan A. Maldonado, Teresa Tavera, José L. Navarro Espigares, Alejandro Muñoz, Ignacio Cardenete, Ildefonso Montero, Ramón Montahud, J. Ramos Salguero, Ana. I. Guijarro de Haro, son miembros del FORO PARA LA CONCORDIA CIVIL. Granada.