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Etapa negra de la política española

EL DEBATE, 22 Abril 2023

Muchas cosas que rodean a este Gobierno, empezando por su génesis y funcionamiento, son un sinsentido. Ahora, merced al acuerdo alcanzado por los integrantes de la coalición gubernamental con Bildu y ERC, partidos separatistas, y el primero de ellos heredero de una organización terrorista, se va a dar vida a una Ley sobre vivienda. Una norma que en verdad instaura un descarado -y perjudicial- intervencionismo sobre el alquiler de la misma, en lo que se han afanado, desde hace lustros, activistas y agitadores de la extrema izquierda con líderes como la inefable Ada Colau, ejemplo de disparate político al frente de una importante Administración municipal.

Todavía no conocemos en detalle el texto de la Ley. Sin embargo, por la defensa a ultranza que de ella hacen sus progenitores y parteros, debemos temer lo peor. Se trata de una regulación que inaugura en el Derecho Administrativo español una anómala presencia de las Administraciones públicas en las relaciones “inter privatos”; instaura un régimen jurídico que inclina la balanza plenamente en favor de una de las partes, el arrendatario, y hace recaer sobre las espaldas del propietario-arrendador (un explotador de las clases desposeídas) todas las desventajas.

La nueva Ley es hija de una concepción política e ideológica perversa, profesada por el populismo antisistema de Podemos, de la que el sanchismo se ha contagiado. Según ella, la culpa de la escasez y carestía de la vivienda es del propietario, quien, por la simple tenencia de la misma, y no digamos de su alquiler, se convierte en abusador, en enemigo de la sociedad. Por eso justifican como necesaria la anormal intervención de los poderes públicos en la fijación (y revalorización) de la renta; en hacer muy difícil el desahucio; y, en definitiva, en el debilitamiento del derecho de propiedad, consagrado constitucionalmente, que casi desaparece en el ámbito de la relación jurídica arrendaticia.

Por otra parte, resulta humillante que la opinión pública haya tenido conocimiento del acuerdo por la comparecencia de Oskar Matute (Bildu) y Pilar Vallugera (ERC) con la clamorosa ausencia de la portavoz de La Moncloa, que en esta calculada ocasión ha guardado silencio en favor de esos voceros que conforman el “Frankenstein” gubernamental en la hodierna hora política de España.

Empero hay más. En estos días, este engendro de Gobierno -y los dirigentes que lo apoyan- sostienen en toda declaración una formidable mentira a propósito de la Ley que han gestado y van a alumbrar: proclaman que se trata de “un día histórico” y que “es la primera Ley de Vivienda” de España (Ione Belarra dixit). Sólo desde el atrevimiento que permite la ignorancia pueden afirmarse tales cosas. Ni lo uno, ni lo otro. Sí es un día histórico, en cambio, cuando un Ministro de España exhibe supina ignorancia sobre la materia. Y esta Ley, de la factoría sanchista-podemita, tampoco es la primera Ley española de vivienda.

Veamos. No es la ocasión de extenderme ni aburrir alegando numerosas citas legislativas y órganos “ad hoc” con los que se ha querido atajar, con desigual fortuna, el problema crónico español de la vivienda. Sin remontarnos más atrás, todos los Gobiernos de los últimos ochenta años se han preocupado, con mayor o menor acierto, de la vivienda.

Si nos atenemos a la memoria histórica (¡qué ironía!), Franco, en plena Guerra Civil, creó las Fiscalías de la Vivienda, para supervisar la salubridad de éstas, siendo la Ley de 19 de Mayo de 1939 la primera norma de la España moderna, con dos novedades: la creación del Instituto Nacional de la Vivienda y la construcción de viviendas populares bajo el llamado “Plan Nacional de la Vivienda 1944-1954”. Siguieron otras medidas, como la Ley de Viviendas de Renta Limitada (1954), la trascendente y novedosa creación del Ministerio de la Vivienda (1957), y en 1961 se aprobó otro Plan que llegó hasta 1976, inicio de la Transición, aumentándose el parque de viviendas de protección oficial (Bermejo Vera, 2001, 728), cuyas plaquitas pegadas en esas casas se han podido ver hasta su retirada por la inicua e iconoclasta legislación de Zapatero y Sánchez. Por último, en la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964 se reconoció la “prórroga forzosa” a favor de los arrendatarios.

Con Adolfo Suárez se creó un nuevo régimen de “vivienda social” (Real Decreto-Ley, 30.7.1976). Después, los Gobiernos posteriores han enfrentado el problema con la fórmula de la promoción pública, respetando la Constitución, el derecho de propiedad y la economía libre de mercado.

Dejo para otro día desmontar otra falacia: el pretendido derecho subjetivo a una vivienda, negado tempranamente por el Tribunal Constitucional en Auto de 2 de Diciembre de 1981. Así pues, ni es un día histórico ni es la primera Ley de vivienda.

Autor del artículo: José Torné-Dombidau Jiménez

Presidente y socio fundador del Foro para la Concordia Civil. Profesor Titular de Derecho Administrativo por la Universidad de Granada.

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